Buenas noches mojarras, si tu vendes tu vehiculo como particular, para poder tu cobrar el IVA al futuro comprador, tienes que ser sujeto pasivo del IVA, ( es decir empresario y estar dado de alta en obligaciones fiscales de IVA) y el vehiculo estar afecto a la actividad que puedas desarrollar, por lo consiguiente, la 2ª transmision del vehiculo no está sujeta a IVA y el futuro comprador no podrá deducirselo. Espero haberte ayudado. saludos