Saludos,
Según voy recabando información parece ser que hay una normativa €uropea que autoriza la MMA SOLO PARA REMOLQUES Y VEHICULOS DE RECREO DE 4.250 KG ( solo para caravanas y autocaravanas ), falta que España la incorpore.
Algún colega con "Contactos" ........ en la DGT que pudiera aportar algún dato aclaratorio en el sentido de si se piensa aplicar en un futuro inmediato ( 6 meses ) esta normativa ? ? ?
Gracias.